Duda sobre cursos de formación y alta en S.S.
Trabajo en un organismo público.
Cuando alguien ajeno al mismo imparte un curso de formación, se le abona el importe del mismo con su correspondiente retención de IRPF (los llamamos coloquialmente “Externos”)
Cuando un empleado del mismo imparte un curso de formación (los que llamamos “Internos”) se le abona en su nómina ordinaria como montante a sumar a la misma, con las retenciones correspondientes, por todo ese montante, tanto de IRPF como de cotización a la Seguridad Social.
- Primera pregunta: Estamos procediendo bien. Hasta hoy, jamás hemos tenido problemas ni con Hacienda ni con la Seguridad Social.
Ahora se nos da un caso nuevo. Un empleado de una Entidad Dependiente va a impartir un curso de formación en la Entidad General.
Me explico. Este organismo, Entidad General, tiene a su vez un organismo autónomo con su propio número de Seguridad Social, es decir, como si una empresa distinta a efectos de cotización a la misma. Es decir, la Entidad General por una parte y la Entidad Dependiente, por otra.
En este caso entendemos que respecto al empleado de la Entidad Dependiente no podemos proceder como en el anterior caso( el “Interno”), puesto que no es empleado de la Entidad General sino de la Dependiente.
Podríamos abonarle el importe correspondiente, no como una nómina ordinaria, sino como a un profesor “Externo” más con sólo la retención de IRPF.
Qué pasaría con la parte de los Seguros Sociales. Tiene obligación el empleado de la Entidad Dependiente de darse de alta como autónomo.