Cesión usufructo sotabanco del tejado
En las escrituras de constitución del edificio, se indica que el sotabanco del tejado ( camarotes) está en usufructo del inquilino, por lo que no se puede vender, pero ¿se puede ceder? Yo no lo uso y hay alguien que le puede dar uso. Si vendo mi piso, el usufructo va asociado a la propiedad, por lo que seria necesario una cesión, pero que el otro inquilino pudiera disfrutar de ese camarote, sin que le afectara la venta de mi piso. ¿Es posible?
Respuesta de Pedro abogado
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