¿Me corresponde liquidación con contrato de obra y servicio si mi jefe me vuelve a contratar a los 15 días dándome vacaciones?

Tengo un contrato de obra y servicio y mi jefe me ha comunicado que, a partir del 15 de julio y hasta el 31 me despide,

El día 1 de agosto me contrata de nuevo y disfruto de 15 días de vacaciones pagadas

¿Me corresponde liquidación en este caso?, tengo las pagas incluidas en el sueldo

1 respuesta

Respuesta

Estimada Sara, en principio lo único que correspondería sería la indemnización por terminación de obra que estipule el Convenio Colectivo, pero habida cuenta que, sin interrupción alguna la empresa la va a contratar nuevamente, con toda seguridad no le vayan a abonar nada, por lo que, en tal caso, debe decidir si reclamar por esa indemnización o bien dejarlo estar y mantener el puesto, ya que, con toda seguridad, la empresa dudo que quiera seguir contando con sus servicios si reclama la liquidación.

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