Contrato de interinidad para sustitución conserje comunidad
1. El conserje de mi comunidad presentó baja por incapacidad temporal hace un año ( a principios de mayo ha hecho un año más o menos)
2. En la junta general de hace un año, se decidió poner un sustituto. Pero ante la propuesta del presidente de contratar al hijo de un propietario, otro propietario propuso que también se contratara a su hijo, por lo que se decidió en junta que al conserje de baja le sustituirían dos conserjes a tiempo parcial, uno por la mañana y otro por la tarde.( Ambos hijos de propietarios)
3. El 30 de mayo se ha presentado baja defiitiva por incapacidad permanente del conserje, pero con efeto retroactivo del 2 de mayo, y el presidente de la comunidad ha contratado a los dos conserjes sustitutos con contrato indefinido.
4. La reunión de junta general la tenemos la semana próxima, pero se van filtrando comentarios de lo que dice el presidente a través de algún componente de la junta rectora. Y el presidente va diciendo que no ha quedado más remedio que hacerles contrato indefinido porque su situación laboral había que regularizaría, y definir contrato a partir del 3 de mayo, y que no había otra opción, ... Es decir contrato indefinido porque llevaban más de 12 meses.
5. He buscado información, y sin saberlo con seguridad, he pensado que tal vez el presidente junto con el administrador, en su momento no les hicieran contratos de interinidad a ambos porteros, y ello es lo que puede estar provocando la situación de que necesariamente tiene que ser contrato indefinido.
6. Mi pregunta es : es legal hacer un contrato distinto al de interinidad a dos personas que por junta se decidió contratar para "sustituir" al conserje de baja laboral?