¿Se puede legar la legítima?
Recientemente ha fallecido mi padre. En el testamento deja como heredera universal a mi madre, pero hay una claúsula que pone "Lega a sus hijos y demás que tuviere lo que por legítima legalmente les corresponda".
Significa que no he de reclamarla y que la heredo directamente.
Esto es en Cataluña (por si las leyes son otras).