¿Se puede legar la legítima?

Recientemente ha fallecido mi padre. En el testamento deja como heredera universal a mi madre, pero hay una claúsula que pone "Lega a sus hijos y demás que tuviere lo que por legítima legalmente les corresponda".

Significa que no he de reclamarla y que la heredo directamente.

Esto es en Cataluña (por si las leyes son otras).

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