Me tienen que abonar en el finiquito las vacaciones no disfrutadas?
Soy funcionario y en mayo del año pasado me dieron de baja por una operación de la cual no me he recuperado, pasados 17 meses me jubilan con una incapacidad total permanente, mi pregunta es, como en 2016 no disfruté de mi mes de vacaciones y este año obviamente tampoco ya que he estado de baja, hasta el 13 de octubre que me han jubilado, ¿tenen qué pagarme las vacaciones de 2016 y 2017 o sólo me pertenecen las de 2016? ¿Si es así donde está esto tipificado o regulado para enviar el correspondiente escrito y poder reclamarlas?
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Respuesta de Ags Graduados
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