Festivos, pago de atrasos y convenio colectivo.

Quería exponer algunas dudas laborales. Tengo un contrato laboral a jornada completa de lunes a domingo, el convenio que nos aplican es de comercio de alimentación de la comunidad de Madrid, aunque el trabajo lo desarrollamos en unos grandes almacenes con horarios de estos últimos en los que la apertura es todos los días del año menos 4 festivos que cierran. La empresa nos dice que estamos obligados a trabajar todos los festivos, los cuales nos lo pagan como horas extras, 30 céntimos más de la hora ordinaria, aún que no es algo, la obligación de trabajar los festivos, que lo hagan con todos los trabajadores, solo con algunos. Mi pregunta es si ¿es cierto que esté obligada a trabajar todos los festivos? En el convenio solo dice respecto a los festivos los siguiente: "Descanso semanal, fiestas y permisos. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 37.1 del Estatuto de los Trabajadores, y en base a lo previsto en el Real Decreto 1561/1995, el medio día de descanso se podrá disfrutar en períodos de hasta cuatro semanas, pudiendo disfrutarse separado del día completo en cualquier día de la semana". Y en mi contrato laboral hay una cláusula que dice que no tenemos pactados las horas extras.

Otra cuestión sería si puedo pedir que me aplique el convenio colectivo que nos pertenece que es el de grandes almacenes.

Y otra duda es sobre los atrasos, el pasado mes de mayo se hizo una revisión del salario base de grupo, al siguiente mes nos lo aplicaron, bajandonos complementós salariales, es decir al final mismo sueldo bruto. Pero la empresa no tiene pensado pagarnos los atrasos, ya que les pregunte y la respuesta fue que no sabían de que les estaba hablando, ¿han de pagarnos los atrasos o no están obligados?

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