Me puede no meter en el rai mi banco?
He desatendido unos pagares por disconformidad ya que el proveedor no me ha entregado nada de la mercancía objeto de esos pagarés. El proveedor me hace una carta indicando que lo siente pero no me puede servir la mercancía (reconoce que no me sirve). Antes de que venzan los pagarés, lo comunico al banco para que no los atiendan, adjuntando el pedido y la carta. Ahora me dice el banco que tiene obligación de meterme en el RAY ¿esto es así? ¿Aun teniendo una carta del proveedor donde reconoce que no hay deuda porque no me ha servido? Si me meten en el RAY ¿Dónde puedo reclamar?