Tomador y asegurado en seguro hogar
Mi familia tenemos varios pisos alquilados con muebles y electrodomésticos.
En todos tenemos contratado un seguro hogar asegurando continente y contenido.
Como tomador figura habitualmente el miembro de la familia que es uno de los propietarios de la vivienda.
La duda nos surge con la forma en que deberíamos asegurar las viviendas cuya propiedad no es de uno de nosotros como persona física sino que es de una sociedad limitada de la que somos socios la familia.
Hasta ahora las estamos asegurando poniendo como tomador y asegurado a uno de nosotros porque alguna vez alguien nos dijo que era lo que nos resultaba mas conveniente pero cuando lo hemos consultado con las aseguradoras cada una nos dice algo distinto y nadie nos da una respuesta clara.
Teniendo en cuenta que las aseguradoras buscan siempre la manera de no cubrir los riesgos asegurados con cualquier excusa, me preocupa que si algún día tenemos algún problema grave la compañía aseguradora porque algún problema para cubrir el siniestro por esta circunstancia.
¿Alguien me podría ayudar a aclarar este punto?
totalmente cierto compañero, para eso ya habría que contratar un seguro de responsabilidad civil especifico - Alejandro Salvador
Una respuesta muy acertada. En este caso hemos de diferenciar varios aspectos.En lo referente a siniestros de daños, no debéis tener ningún problema puesto que el objeto asegurado, la vivienda, quedará cubierto. A efectos de Responsabilidad Civil si podría haber algún problema dependiendo de cual sea el origen del siniestro. Otra cosa es a efectos fiscales y tributarios, en este caso si podrías surgir discrepancias. - Juan Bautista