Después de la aceptación de la herencia, ¿Cómo hay que hacer para tener la escritura de propiedad del piso para poder venderlo?

Después de la aceptación de la herencia, como hay que hacer para tener la escritura de propiedad del piso para poder venderlo. Una vez se ha hecho el cambio en el registro de la propiedad y se han liquidado los impuestos... ¿a dónde tengo que ir para hacer la escritura de propiedad del piso que he heredado?. Vale cualquier notario o tiene que ser el que ha hecho la escritura de aceptación de la herencia

Respuesta
2

Si tiene una escritura de aceptación de herencia y en ella pone que ha heredado el piso, no necesita nada más. Con esa escritura debidamente sellada por hacienda, ya puede vender.

1 respuesta más de otro experto

Respuesta
1

I. Hola Eduardo, en mi caso estoy pasando por el mismo proceso pero un familiar lo está llevando con su abogado y no sé que pasos exáctos han dado.

Mi madre y yo estamos yendo a un administrador de fincas, que al ser administrador del bloque en el que vivimos y encontrarse el piso de herencia en el mismo, nos esta asesorando sobre el traspaso de pagos (agua, luz, comunidad, Ibi..).

El notario creo que puede ser un notario 'común', por así decirlo, no especializado, creo que en esta página y en los siguientes enlaces puede ver ámplia información sobre este tema..

http://www.aherencias.es/costesHerenciasNotaria.php 

https://www.justitonotario.es/necesaria-la-escritura-herencia/ 

¿Es obligado registrar el piso heredado?

https://blogs.elconfidencial.com/vivienda/consultorio-inmobiliario/2016-12-03/consultorio-inmobiliario-herencia-heredero-piso-venta-vivienda-casa-inmueble-registro-de-la-propiedad-impuestos-lph-comunidad-de-vecinos-junta-de-propietarops_1297880/ 

Escrituración de un piso heredado

Aunque no conozco bien este tema, un detalle importante cuando se hereda una propiedad, es en qué términos a sido configurada hacia la persona que va a heredarla, es decir, que este legatario podría ser del tipo fiduciario o fideicomisario. En el primer caso, la persona hereda una casa que sólo puede habitar o rentar, pero nunca vender. En cambio, dentro de la segunda posibilidad, creo que tendría plena disponibilidad de la vivienda, pudiendo venderla si lo desea.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas