Pérdida de derechos en la administración
Trabajo en un museo como personal laboral de la junta de Andalucía donde realizó servicio de vigilante, tome posesión de la plaza como vigilante de la junta, así viene en boja y en la hoja de acreditación de datos, nómina ... Tanto yo como mis compañero llevamos trabajado como vigilante muchos años en este museo haciendo servicio tanto en salas del museo como en cctv (centro de control, central de alarma ...) y ahora de buena a primera nos dice la junta (Cultura )que no podemos estar en cctv porque con la ley de seguridad privada no lo permite porque según ellos no estamos acreditados por lo que el servicio en cctv lo van a privatizar .Por lo que no podremos cobrar festivos, noches... Ni está a museo cerrado ... Por lo que nuestro sueldo será menos .
¿Yo no entiendo cómo es posible esto? Tenemos la categoría reconocida por convenio (IV convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía)Ya llevamos haciendo CCTV muchos años ... Y si no podemos ser vigilante en cctv tampoco tenemos porque hacerlo en salas entiendo yo .Para mi es una contradicción, tanto yo comos mis compañeros buscamos un abogado para que defienda el caso si es posible pero que sea experto en caso de personal laboral de la junta aquí en sevilla .