Usufructo vitalicio de viuda tras legar legitima estricta a uno de los hijos
Planteo un caso de herencia a ver si tenéis la amabilidad de ayudarme:
Situación de partida: Padre y Madre con bienes gananciales y sin bienes privativos, y con tres hijos (A, B y C). Fallece el Padre dejando testamento que tiene el siguiente clausulado (en orden):
- Lega al hijo A la legítima estricta que indica la Ley
- Lega a la viuda el usufructo vitalicio "del resto de la herencia"
- Instituye herederos a los hijos B y C a partes iguales
Me surgen las siguientes dudas:
A) Entendiendo que el caudal hereditario es el 50% de la sociedad de gananciales: El Hijo A hereda 1/9 del mismo, y los hijos B y C heredarían 1/9+1/3+1/3 ¿es así?
B) ¿La viuda solo tiene el usufructo vitalicio del TOTAL d menos 1/9 de la legítima estricta del hijo A?
Si es así:
B.1) A efectos fiscales (Andalucía), el cálculo del usufructo de la viuda ¿será sobre el Total menos 1/9 o sobre el Total?
B.2) ¿A efectos fiscales la valoración de la nuda propiedad sería siempre el Total menos el Usufructo con independencia de la respuesta anterior?
B.3) ¿A efectos fiscales el reparto de la valoración de la nuda propiedad sería en la proporción del apartado A?
B.4) En todo caso ¿El hijo A puede hacer algo para que el usufructo de la viuda sea del Total, incluido su 1/9 parte?