Votación en mancomunidad por instalación de cámaras, ¿3/5 partes del total de los vecinos o de los presidentes que representan?

En mi mancomunidad somos 15 bloques agrupados en una mancomunidad, en la última votación, según el acta, se ha dicho que sí a la instalación por el voto favorable de las 3/5 partes de los presidentes. Según el acta cada presidente representa con su voto a las 3/5 partes de los vecinos de su bloque... Primero,¿la votación favorable es por las 3/5 partes del total de propietarios o de los presidentes representantes?, segundo, ¿cada presidente puede votar si o no por lo que han "hablado" o ha de acreditar los votos por escrito de su portal?, y por último, como apunte, varios presidentes llegaron sin consultar a sus vecinos ya que no sabían exactamente de que se hablaba en la reunión y posteriormente emitió su voto ( esto evidentemente no aparece en el acta ) . Y como último apunte, el acta tampoco refleja nada de los 30 días para alegar.

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Al tratarse de una mancomunidad son los 3/5 de los presidentes, que previamente habrán votado en su bloque y que tsmbien neceditan los 3/5

El presidente nunca puede representar a una parte del bloque, eso solo pasa en una comunidad autonómica llamada cataluña, el presidente representa es todos

Cada presidente si es ético votara lo que ha salido en su bloque

El acta no tiene porque reflejar nada de hay 30 días parra votar

Y a que acta se refiere usted, ¿a la de su bloque?

Me refiero al acta de la mancomunidad remitida a los presidentes que a su vez nos han informado a los restantes propietarios.

El problema viene porque en mi bloque por ejemplo cada vecino ha entregado su voto al presidente del bloque y a su vez éste lo ha entregado en la votación de la junta la mancomunidad, que entiendo que es una buena manera de proceder. Lo que ya no entiendo es que en otros bloques o bien ha votado su presidente sin consultarlo a sus vecinos , o bien no sabia de que iba el tema y se le ha convencido en la junta para votar de una manera o de otra.Leyendo la LPH pone claramente que son las 3/5 partes del total de propietarios, no de los presidentes...por eso no entiendo que no se cuente con el voto de los vecinos en su conjunto y si con el del presidente de turno si éste no acredita el voto de sus vecinos. Además, no todos los portales tienen el mismo numero de vecinos , por lo que no entiendo que el voto se compute como pretende la mancomunidad.

Lo de los 30 dias, no me refiero al voto, me refiero a las alegaciones posteriores.

Lo de alegaciones posteriores, no existe, lo que el art.17.8 indica es:

Salvo en los supuestos expresamente previstos en los que no se pueda repercutir el coste de los servicios a aquellos propietarios que no hubieren votado expresamente en la Junta a favor del acuerdo, o en los casos en los que la modificación o reforma se haga para aprovechamiento privativo, se computarán como votos favorables los de aquellos propietarios ausentes de la Junta, debidamente citados, quienes una vez informados del acuerdo adoptado por los presentes, conforme al procedimiento establecido en el artículo 9, no manifiesten su discrepancia mediante comunicación a quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad en el plazo de 30 días naturales, por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción.

Lo que hace su bloque no es correcto, lo que hay que hacer es votar en el bloque, y saldra di o no, lo que no se hace es ir con XX n° de votos con sies o noes.

En la mancomunidad las votaciones son como en una comunidad, cada una de las 18 tiene un voto y un XX de %

Pienso que en cada bloque pueden hacer lo que quieran, votar, no votar, dejar al presidente hacer lo que quiera, eso no es un tema que interese al resto de propietarios

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