¿Podría denunciar esta parte del acuerdo?

Me tocaba hacer un contrato relevo, y me saltaron con la escusa de que la empresa puede hacerlo porque en el articulo del acuerdo en cuestión pone prioritaria-mente, y no obligación. El artículo en concreto del acuerdo dice esto:10. PERSONAL EVENTUAL:El relevo de los jubilados parciales, se hará prioritaria-mente con los actuales trabajadores eventuales de las empresas afectadas por él ámbito de aplicación de este acuerdo, empresa por empresa y teniendo en cuenta su antigüedad en el sector, excepto los casos de desvinculación del sector de más de 1 año. Yo entiendo que esa prioridad no hace referencia a la posibilidad de hacer o no hacer sino que hace referencia a que los trabajadores eventuales etc. Etc. Tienen prioridad para el contrato de relevo y además no de cualquier forma sino por orden de antigüedad sin contar los desvinculados durante más de un año. Todo ello obligatorio porque dice que "se hará" imperativamente y forma parte del acuerdo de empresa que es de obligado cumplimiento. ¿Me sacan de dudas?

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