Cuanto tiempo tiene que pasar para poder votar sobre un mismo tema en la comunidad de propietarios?

Hace medio año se voto en junta el tema de la contratación externa de la administración. Y quieren volver a votar sobre el mismo tema no habiendo pasado ni medio año. Es posible estar votando sobre lo mismo cada dos por tres o tiene que pasar un tiempo. ¿Hay algún artículo de la ley que indique esto?

¿Y es posible y válido realizar las votaciones por WhatsApp?

3 Respuestas

Respuesta

Las votaciones son de forma presencial y a mano alzada, el votar por otro medio y fuera de la junta no es legal

Que es lo que quiere impugnar, el votar por whatsapp, ¿o el acuerdo del presupuesto?

Los votos mínimos para aprobar algo, depende de ese algo, en su caso mayoría simple

En junta se decidió por los allí presentes de votar la contratación de un Administrador de fincas mediante WhatsApp pero hay propietarios que no están en ese grupo por lo tanto no han votado y no ha quedado reflejado su voto a favor o en contra. De 16 propietarios únicamente han votado 6 a favor. Resto no han votado nada. Lo que se quisiera impugnar es esa votación-decisión.

¡Gracias! 

Respuesta

Legalmente, no hay nada que impida que se vuelva a votar.

Las votaciones no se pueden realizar por WhatsApp. Los acuerdos se toman en Junta de Propietarios, convocada al efecto.

Muchas gracias

En la reunión se debió decir de votar por WhatsApp pero hay propietarios que no disponen de esta app y no están en el grupo. De 16 propietarios sólo han votado 6 para elegir un presupuesto de administración de fincas. Se puede impugnar? Cuanto es el mínimo de porcentaje válido para aprobar una votación?Gracias

Entiendo que se ha aprobado contratar los servicios de un Administrador y ahora se está pidiendo que los vecinos voten un presupuesto u otro. ¿Es correcto?

Para ese acuerdo bastaría con mayoría simple (de todos los propietarios en primera convocatoria o de asistentes en segunda). Pero, como decía antes, los acuerdos se toman en Junta. O todos están de acuerdo en aceptar que se pueda votar de otra forma (de modo que, estando todos de acuerdo, nadie va a oponerse a ello) o no es una forma válida. Además, como usted bien intuye, no puede ser válido si no tienen todos la oportunidad de votar.

Respuesta

Vaya que hay que verlas para saberlas: La única votación que se acepta por medios electrónicos es vía SKYPE y eso que tiene que haber notario en línea para que apruebe las votaciones pero por los costos que esto representa se ha visto restringido su uso a grandes empresas que pueden contratar toda la infraestructura necesaria para desarrollar esa actividad. Absolutamente todo el tema de aprobaciones tiene que hacerse en forma presencial y en junta.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas