¿Tienen derecho a voto sobre el ascensor los locales que no van a contribuir al pago?

Hace unos meses se voto y aprobó la instalación del ascensor. En esta votación participaron los propietarios de los locales. Aunque parezca increíble y por un tema de amiguismo y acuerdos de que no pagara, uno de los locales voto que si y fue el que decidió porque los pisos estábamos al 50% si 50% no.

Ahora los propietarios de los locales alegan por escrituras que no deben pagar el ascensor. La comunidad ha aceptado y han repartido el coste total entre los propietarios de los pisos.

Mi pregunta es si una vez decidido que los locales no contribuirán al pago del ascensor, se pueden anular sus votos en la votación que se hizo o ai directamente hay que repetir la votación.

3 Respuestas

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No tiend nada qud ver la pregunta de Iñaki

¿Tienen derecho a voto sobre el ascensor los locales que no van a contribuir al pago?

Con el link de bajada de ascensor a cota cero

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2

¿Han verificado ustedes que es cierto que están exentos del pago de la instalación del ascensor?

Yo no pude acudir a la ultima reunión donde se trato todo esto. Me baso en el acta.

Parece que los locales lo han consultado con un abogado y les ha dicho que no deben cobtribuir al pago porque lo especifica en sus escrituras. Esto parece ser que ha sido confirmado por la administración externa de la Comunidad que, dicho sea de paso, es diferente a la que estaba cuando se realizo la votación para instalar el ascensor.

En esta ultima reunión la Comunidad ha decidido no emprender acciones legales y repartir el total de la instalación entre todos los propietarioa de viviendas.

Consulte usted sus escrituras. Si existe esa exención, es probable que conste en ellas.

Si no consta, puede consultar en el Registro de la Propiedad. Solicite la Escritura de División Horizontal (Título Constitutivo) del edificio. Si ahí no consta la exención, no existe, salvo que se acordara por unanimidad en Junta de Propietarios. Y aún así, si ese hipotético acuerdo no se elevó a público, sólo obligaría a los propietarios existentes en ese momento y no a los futuros que pudieran entrar a formar parte de la Comunidad con posterioridad.

Gracias. Consultare todo esto a ver que pasa.

De todas formas, en el caso de que los locales finalmente estuvieran exentos... se anularía la participación de sus votos en la votación de la instalación del ascensor.

Este punto es importante porque finalmente fue el voto de uno de los locales quien decidió que se instalara el ascensor.

"En el caso de que los locales finalmente estuvieran exentos... se anularía la participación de sus votos en la votación de la instalación del ascensor"

Me temo que no necesariamente.

Aunque realmente no tiene mucho sentido que los propietarios que no participan de los gastos puedan participar en la votación, legalmente no hay nada que lo impida, tampoco. De nuevo, le remito al Título Constitutivo. Del mismo modo que puede constar la mencionada exención, podría indicarse si participan de la decisión o no.

Por cierto, ¿en su Comunidad hay vecinos mayores de 70 o con algún problema de movilidad que quieran el ascensor?

Gracias. Revisare entonces mis escrituras y el Titulo Constitutivo a ver que pone.

No hay mayores de 70 años ni con problemas de.movilidad. Si no me. Equivoco, en esa caso la instalación del ascensor es obligatoria sin necesidad de votación si el afectado lo solicita.

No es oponerme anla instalación del ascensor si mo que se hagan las cosas como debe, cosa que no ha ocurrido hasta ahora.

Gracias

"Si no me equivoco, en esa caso la instalación del ascensor es obligatoria sin necesidad de votación si el afectado lo solicita."

En efecto. Por eso se lo preguntaba.

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