Inconforme a la respuesta de Inspección de Trabajo

Días atrás he recibido informe de respuesta a una denuncia que interpuse ante Inspección de Trabajo contra la empresa donde trabajo por la presunción de vulneración del principio de irrenunciabilidad o indisponibilidad de derechos laborales debido a que se niegan a reconocer la antigüedad real desde el inicio de la relación laboral y por la imposición de una cláusula abusiva en el contrato. Este precepto juridico imposibilita al trabajador de privarse voluntariamente de las garantías que le otorga la legislación laboral aún cuando sea para beneficio propio.

Esta protección al trabajador aparece en el ET en su artículo 3 puntos 1 c) y 5, además el artículo 1256 del código civil es aplicable y la extensa jurisprudencia de los tribunales en materia laboral que han fallado sobre la materia.

Inspección de trabajo se apoya, entre otros recursos, en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, LISOS, para sus actuaciones y, en los hechos por mi denunciados, creo que cumplen lo tipificado en el artículo 7 puntos 6 y/o 10. Lo curioso, para mí, es que le argumenté a Inspección, con 3 folios, el fundamento legal de mi presunción y solo obtuve como respuesta que planteara por vía judicial mis reclamos.

No estoy nada conforme con la respuesta del inspector y deseo saber si es recurrible la misma, quizás le abrumé con fundamentos legales y no quiso pronunciarse.

Añade tu respuesta

Haz clic para o