El presidente no hace acta asamblea o pone injurias

En caso de que se disuelva la reunión en el primer punto porque se pide al presidente por 25% de los vecinos que convoque asamblea para designar nuevos cargos y el presidente no haga acta de asamblea o ponga falso testimonio o no convoque nueva asamblea aun pidiéndolo los vecinos... ¿qué pasaría? ¿QUÉ podemos hacer?

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Haga caso a poliplos, otras personas dan consejos y no son correctos, convoquenla ustedes y problema resuelto, deberán nombrar al comienzo de la junta un secretario para quevtome nota de lo acordado

Lo que no acabo de entender, es que en una junta se disuelva en el primer punto porque el 25% de los propietarios solicitan un punto a tratar, ¿si ya están en una junta?

Porque el ha convocado una asamblea porque la anterior no se terminó. Solo se aprobó presidente de lío todo y se disolvió. Mientras ha designado el a un ainistrador y lo ha puesto en la cuenta del Banco

Ustedes no tienen un presidente, tienen un dictador

Para solucionar el problema consiga la firma de 25% de propietarios y convoquen ustedes la junta.

Orden del día

Destitución de junta directiva, y nombramiento de nuevo administrador y presidente, este no es nadie para contrator a nadie

Por supuesto ni se molesten en contratar a un abogado, no hace falta para nada

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Recurrir a un abogado.

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No hace ninguna falta recurrir a un abogado.

Si el 25% de los vecinos quiere convocar una junta, puede hacerlo, sin necesidad del presidente.

Convoquen una junta y elijan nuevo presidente, si es lo que quieren.

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Lo primero recomendarle se pongan en manos de un abogado que les estudie su caso concreto, sus estatutos, la posible legislación de aplicación nacional o autonómica, etc... Si lo desean, pueden encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal, laboral y contable en nuestra web. Trabajamos con muchas asociaciones en toda España.

Esto es algo más complejo de lo que parece a simple vista... y no es tan sencillo como solicitar en la propia asamblea algo...

Por un lado esta la cuestión de las actas y las injurias, que podrían ser objeto de impugnación en los juzgados de lo civil habitualmente.

Por otro esta el tema de designar nuevos cargos, hay que ver sus estatutos, en muchos no hay referencia a posibles mociones de censura, que si puede haber por ejemplo en algunas legislaciones autonómicas.

Por experiencia con algún cliente, es posible que tengan que terminar en los juzgados... solicitando la asamblea e impugnando actas...

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