¿Estoy interpretando correctamente el convenio?
Convenio colectivo de sector de lavanderías industriales de Cataluña.
Artículo 12. Categorías profesionales y grupos. En este artículo no aparece la categoría de ayudante (categoría que aparece en la nómina de un trabajador). Sin embargo, en las tablas salariales aparece Ayud. O Vigilante como categoría.
Artículo 15. Cambio de categoría. Los trabajadores/as que ingresen en la empresa con la categoría profesional de auxiliar, al cumplir los cuatro meses de ostentar esta categoría, pasaran automáticamente a la categoría de Especialista.
Pregunta: ¿Ayudante se considera una categoría profesional a pesar de no estar reflejada en el art.12? La confusión viene de si se debería aplicar el artículo 15 ya que en ausencia de la categoría ayudante en el art.12 lo que mas se acerca a las funciones de ayudante son las de auxiliar.