Un suplente de presidente de mesa electoral, una vez constituida la mesa, ha de estar disponible todo el día por si ocurre algo?
Me ha tocado ser suplente del presidente en la mesa electoral del próximo día 28 siendo día laborable para mí ya que trabajo en hostelería. En mi empresa me dicen que si tras presentarme en el colegio y quedar constituida la mesa con el presidente y vocales, he de acudir a mi trabajo con normalidad ya que "ya no haré falta".
El tema es que mi trabajo es a unos 40-50 km del colegio electoral por lo que en caso de que durante la jornada le ocurra algo al presidente de la mesa, me pregunto si tendría que personarme yo. Es decir, me gustaría saber si una vez constituida la mesa, yo he de estar disponible durante toda la jornada por si ocurriera algo, teniendo por tanto, legalmente derecho a no trabajar ese día o si mi obligación como suplente termina en el momento en que se constituye la mesa.