Diferencia entre hombre bueno y mediador
Existe la forma jurídica de "hombre bueno" que es aquel que acompaña o representa, a un trabajador en el acto de conciliación, sin estar en posesión de titulación académica letrada o social. Luego existe el denominado "mediador" para diferentes ámbitos, entre ellos el laboral, que si tiene titulo o diploma acreditativo. Mi duda es la siguiente ¿existen diferencia entre ambos? ¿Son funciones distintas? ¿Es necesaria titulación universitaria para acceder a un curso de mediador y obtener un diploma acreditativo?