¿Puede un banco instalar una chapa de metal en la puerta de una vivienda sin pedir permiso a la comunidad?
En mi finca un banco, propietario de una vivienda, ha colocado un armatoste de metal cuando los inquilinos con alquiler social han marchado. El banco no ha consultado a la comunidad, ni ha valorado otras formas menos agresivas de bloquear una puerta... Que las hay. La pregunta es: ¿Puede la comunidad obligar al banco a retirar la puerta de metal? ¿Qué porcentaje sería necesario para el cambio? ¿Cualquier cambio estético/fisonómico de la finca requiere de un porcentaje o tiene que ser aprobado por unanimidad?. Un detalle, no tenemos estatutos, nos tendríamos que ceñir a la normativa o jurisdicción existente, la cual desconocemos. Nos encontramos en Barcelona, por si la legislación fuera distinta.
Respuesta de Jota Ig Ro
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Respuesta de Poli Plos
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