¿Soy moroso inventado por el administrador, si pago y aclaro la deuda me la devolverán?

Soy moroso de unas cuotas por un. Local que votaron si estar en el. Orden del orden del día, me laa impusieron encima por coeficiente y los pisos pagan lineal. No llega el ascensor ni tiene luz ni limpieza.

Me. Niegan el. Derecho al. Voto.y así no.puedo solucionar nada. Tengo pensado pagar y luego cuando podamos votar, que me devuevan el dinero impuesto indebidamente.

El administrador de otra forma me dice que lo denuncie y la verdad no lo veo normal.

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Si crees que se lo han inventado acude a un abogado para iniciar acciones legales, si ganas impondrán las costas a la otra parte adi que si crees que tienes razón a por ellos.

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No aclara mucho el problema, pero veamos si lo he entendido.

En una junta se voto un punto que no venia en el orden del día es punto.

Entiendo que su comunidad todos pagan a partes iguales pero usted es el único que paga por coeficiente, cosa bastante extraña dado que los presupuestos para poder realizarlos es imposible repartirlos de ese modo.

Parece ser que le impuran gastos de escalera.

Lo primero que tiene que hacer es ir al registro de la propiedad y solicitar la escritura de división horizontal del edificio, y ahí le pondrá a que gastos deberá contribuir y con que coeficiente.

A continuación se busca abogado y procurador para impugnar ese acuerdo, tiene un año para hacerlo, si no lo hace eso se quedará así.

Mi consejo es que no abone nada

Si usted se cree que podrá conseguir votar para revertir esta situación, esta en un gran error

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Tengo la impresión de que no tienes ni idea de lo que cuentas. Con la información que das es imposible decir si tienes o no razón. ¿Por qué no te documentas mejor? Habría que leer los estatutos de la comunidad, las actas de las asambleas y ver los recibos de lo que te cobran para poder juzgar. Pero, si tan seguro estás, y el monto que crees que recuperarías lo justifica, contrata un abogado. Es posible que te cueste más la salsa que los caracoles.

Vivo en.un piso con comunidad por cuota lineal en.los,estatutos. Tengo un.local en.la azotea exonerado de cuotas desde hace 30 años. En.los presupuestos de 2018, sin avisar ni decir nada ni mencionarlo meten.cuotas al local. Los presupuestos se,aprobaron. Desde entonces me ponen de moroso. Me intentan cobran la cuota del.local.por coeficiente. Los pisos seguimos pagando lineal.

Desde luego suena muy irregular todo. Las juntas de propietarios no pueden modificar la forma de reparto de los gastos. Si se estableció una cuota lineal, habría que respetarlo. Y si tienes prueba de que a este local que tienes en la azotea se le exoneró de pago de comunidad, no tienes porque aceptarlo. El problema que le veo es que, a la hora de pleitear, puede que este local no tenga los permisos correspondientes. Asegúrate de todo antes de recurrir a un abogado, y no te olvides que esto tiene un costo. ¿Tanto es lo que pretenden cobrarte? A veces es mejor un mal arreglo que un buen pleito.

Las pruebas que tengo es que es mio desde hace 30 años y nunca pago, se compro por que el.uso y disfrute de la azotea, en.las escrituras es del.local. asi pues lo compramos dos vecinos y dafas las, circunstancias especiales, no llega el ascensir, no tiene limpieza, tiene luz propia dentro que pagamos lis dueños, y que dejamos tender pues hemis estado exonerados de cuotas.

No comprendo lo de los permisos, lo utiluzamos de trastero.

Pago pot el.piso de comunidad 96 y por este local me piden 51€ de cuota.

Quiero solucionarlo pero el administrador se nuega. Solo impone que lo cobra y punto.

Niégate a pagar. Que te demanden. Es mejor defenderte que atacar.

Cuando isted dice que las juntas de propietarios no pueden.modificar la forma de repartos de los gastos. ¿Quien puede?

Gracias

Poder, pueden, pero hace falta la asistencia de todos los propietarios y el voto unánime. Lo veo un poco difícil.

¿Asistencia o representación?

Representación documentada basta, pero ha de ser de todos los propietarios. Lo que se va a necesitar es el voto unánime. Estamos hablando de modificar los estatutos.

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Si existe un acuerdo que aprueba esas cuotas no le queda otra que impugnarlo, para ello necesita un abogado y el plazo es de tres meses, le dejo un enlace que le orientará http://normativainmobiliaria.wikidot.com/lph-articulo-18

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