Recurso preventivo. Paralizar una actividad
Trabajamos en una empresa de servicios, la empresa ofrece unos servicios determinados en contrato en el centro de trabajo de otra empresal.
Mi pregunta es: como recurso preventivo, ¿se puede parar una actividad a la empresa por no estar contemplada en el contrato de servicios? Entiendo que los trabajadores no tienen la valoración de riesgos para unas determinadas actividades.
Me refiero hacer una labores que no están contempladas en el contrato de servicios entre la empresa, para la cual trabajo y el cliente.