Los días por exceso de Jornada a partir de cuando es exigible

La consulta viene porque no me están reconociendo el total de días de vacaciones que me corresponde.

Días de Vacaciones: 30 días continuos

Días anuales a laborar: 219 días y esto genera 9 días de exceso de jornada.

Horas a trabajar según convenio: 1.752 (Convenio Colectivo General de la Industria Química 2018-2020

Fecha de ingreso: 26-04-19

Días disfrutado de vacaciones: 14 días (Agosto 2019)

El problema es cuando me calculan los días a disfrutar en Diciembre 2019: indica que es desde el día 23 al 28 diciembre.

RRHH me indica que como no tengo el año completo trabajado los días de exceso de jornada no me corresponden aun cuando he hecho 6 días.

¿Es correcto lo que me indica el departamento de rrhh?

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