Colocación elevador en portal comunitario

Hace años en mi portal se quiso bajar el ascensor a cota cero para salvar 10 escalones, pero la obra era muy costosa y liosa. Ahora un vecino quiere poner una máquina elevadora. A mi no me hace gracia porque el portal es estrecho y lo veo un remiendo poco útil. ¿Necesita mayoría? ¿Cómo tiene más de 70 años se tiene que hacer? Por otro lado el administrador dice que el local comercial no entraría a pagar este gasto, ¿eso es así?

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¿Maquina elevadora es plataforma o silla salva escaleras?

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Dado que es a petición de una persona mayor de 70, no necesita mayoría. Si no la tiene, la instalación es obligatoria pero no se puede obligar a los vecinos a pagar anualmente por la instalación más del equivalente a la anualidad de cuotas ordinarias. Si alcanza mayoría, no hay límite a la cantidad exigible.

El local debe participar, salvo que esté expresamente excluido por los estatutos de la comunidad (cosa que dudo).

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