Baja laboral por contacto covid
Estoy de baja por contacto directo con un positivo en covid (hijo).
¿Qué es realmente lo que establece la ley que tendría que percibir?
He tenido dos bajas por este motivo, en la primera se me complementó con I.L.T hasta el 100% de mi nomina, pero en esta no ha sido asi, y por seis dias de baja ya me han reducido la nomina en 50 euros.
Esto es lo que dice mi convenio. Mi base reguladora es de 977.99 un mes normal.
Los trabajadores en situación de incapacidad temporal por accidente de trabajo o enfermedad profesional percibirán, con cargo a la empresa, a partir del quinto día de baja, la diferencia existente entre las prestaciones económicas de la Seguridad Social o Entidad Aseguradora y el cien por cien de la base de cotización del mes anterior a la baja. El Complemento establecido hasta el cien por cien de la base de cotización del mes anterior a la baja a complementar por las empresas, para los casos de accidente de trabajo o enfermedades profesionales, tendrá vigencia, en cada caso, hasta el alta definitiva del proceso de incapacidad temporal. El presente complemento se estipula sobre la base de las condiciones legales vigentes en cada momento, en cuanto a I.T. Por accidente de trabajo, en el bien entendido que cualquier modificación normativa posterior implicará su adecuación con el fin de que no comporte mayor costo económico a las empresas.
¿Alguien puede ayudarme a entender cual es forma correcta de proceder?