¿Se puede ir el custodio con su hijo de la vivienda conyugal?

Estoy leyendo muchos artículos que el código civil indica que el progenitor custodio del niño es el que debe vivir con su hijo en la vivienda conyugal. Pero tenemos un problema de intereses comunes entre los padres y quiero estar segura de lo que hago.

En principio, se ha propuesto que el padre pague la hipoteca en su totalidad pero que ahí resida la madre con el niño. Eso además de una manutención baja.

Por un lado, el padre (no custodio) prefiere quedarse viviendo él en la casa, ya que así se ahorra el precio de buscarse un alquiler. Además, quiere convertirse en el propietario del 100% del inmueble.

Por otro, la mujer (custodio) aceptaría la oferta, siempre y cuando aumente la manutención (porque ahora también tendrían que buscar una vivienda) y que el padre abone a la madre 40.000 euros (en concepto de compra de la parte proporcional de lo pagado por la madre en la hipoteca).

Sin embargo, pensamos que en el caso de que esto pudiera hacerse, la madre no podría justificar una residencia para su ella y su hijo hasta que reciban los 40.000 euros para comprar parte de un piso. Tendría que estar, al menos un mes, viviendo con los abuelos.

Las dudas serían:

1. ¿Se puede acordar lo que hemos explicado, o la ley impide que el niño se vaya con el custodio del domicilio conyugal?

2. ¿Se puede aumentar la manutención como compensación de que el padre no custodio se quede con la casa?

3. ¿Habría algún problema en que, hasta que la madre reciba el dinero, no pueda justificar un nuevo domicilio para ella y su hijo?

2 respuestas

Respuesta

Me imagino que estaréis en pleno proceso de divorcio, en principio podría ser viable, siempre que no fuera contra los intereses del menor.

Respuesta

La ley no es rígida y lo que el código civil indica tiene que interpretarse, no es de aplicación única y directa.

Si llegáis a ese acuerdo que tu le vendes la propiedad del piso a cambio de la parte proporcional de la vivienda ya abonada, tendréis que articular la forma de la residencia del menor.

Fíjate cómo es la ley que a veces se interpreta que es el niño quien vive en la vivienda conyugal y los padres se turnan en la misma cada 15 días, es decir, que el que no se mueve son los hijos.

En tu caso ya no hay vivienda conyugal, sino donde reside la persona que tiene la custodia del menor, da igual que sea la casa de los abuelos, etc, siempre prevalecerá el bien superior del menor.

Respecto a la segunda pregunta, aunque todo depende de los acuerdos que lleguéis, si el se queda con la casa y tú tienes que buscar una casa, después de haberte pagado su parte, quedaría al acuerdo de divorcio, si acordais el pago al 50% de alquiler o hipoteca ok, conozco el caso que la manutención es solo de alimentos, ropa, gastos de la casa, médicos, gastos escolares, extraescolares, etc, como se repartieron al 50% los bienes gananciales no se aplicó el alquiler en la manutención.

El domicilio familiar de un miembro de la pareja es domicilio válido a todos los efectos, siempre sea el correcto para el menor, luego, cualesquiera cambio que se haga se debe informar.

Mi consejo, es que si es de mutuo acuerdo vayáis a un abogado y sea el quien os aconseje, cualquier acuerdo con menor por medio será revisado por el fiscal así que no hay opción de que sea ilegal.

Cualquier sugerencia que os hagamos por aquí no se ajustaría a vuestra situación.

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