Informe IEE - información falsa acerca de accesibilidad en portal

Vivo con mis padres de más de 80 años en una finca de propietario único (propiedad vertical, no horizontal), mis padres son arrendatarios desde 1965. A raíz de un ictus mi madre ha quedado en silla de ruedas y el portal tiene una barrera arquitectónica (cuatro escalones).

Al plantear a la propietaria la necesidad de una reforma que garantice la accesibilidad de mi madre desde la calle al ascensor, se alza de hombros y dice que "como propietaria única no tengo obligación de garantizar la accesibilidad, aquí no hay comunidad de propietarios", lo cual sabemos falso ya que el Real Decreto 1/2013 no exime a los edificios de propietario único de acometer "ajustes razonables", si bien a diferencia de lo que ocurre en propiedad horizontal donde está regulado cómo se calcula lo que es razonable (las famosas 12 mensualidades de gastos comunitarios) en el caso de propiedad vertical no está regulado y los propietarios únicos se escudan en es "vacío legal" para incumplir la normativa...

Encargamos a un arquitecto serio un informe con dictamen acerca de la accesibilidad de la finca y su escrito demuestra de manera contundente toda la normativa que se incumple y concluye que se impone claramente la obligatoriedad de un ajuste razonable (rampa) que a la propiedad apenas le costaría EUR 3,000, lo cual para una finca de 30 viviendas es sumamente abordable. Si en lugar de propietario único la finca estuviera en régimen de propiedad horizontal, bastaría con que los arrendatarios pagaran unos gastos comunitarios de diez euros al mes para que el ajuste fuera catalogado como "razonable"... Y la media de gastos comunitarios en España es bastante más de diez Euros al mes.

Investigué en el Departamento de Inspección Técnica de Madrid constaba un informe IEE presentado por la propiedad y al constatar que hay un IEE presentado en febrero de 2021, solicité una copia.

Ante mi asombro más absoluto, dicho informe afirma categóricamente que el "el edificio dispone de un itinerario accesible" y concluye que "el edificio satisface completamente las condiciones básicas de accesibilidad", lo cual es incontrovertiblemente falso. Constan los nombres de la arquitecta que ha preparado el informe y de la propietaria, pero observo que el informe no está debidamente firmado. Al consultar al departamento de ITE que me ha remitido el informe el tema de las firmas que faltan, me contestan que el IEE "adolece de algunos defectos de forma como las firmas que faltan y algún dato que falta en el apartado de accesibilidad, se ha requerido corrección".

Ante esta situación, no sé cómo proceder.

Quiero denunciar a la arquitecta para que sea investigada. ¿Me aconsejan denunciar ante el colegio de arquitectos de Madrid? ¿Tomarían medidas? ¿Si ha presentado un informe ante el Departamento de Inspección Técnica con su nombre pero lo ha presentado sin firmar, prosperará mi denuncia? ¿Es mejor esperar a que lo firme y denunciar después? ¿Qué opción tengo para conseguir que esta persona tenga que lamentar haberse prestado a ese juego sucio el resto de sus días?

Es deplorable que un arquitecto colegiado se preste a falsificar un informe IEE de esta manera, cuando el resultado puede ser dejar a una pareja de ancianos totalmente vulnerables condenados a no poder salir de casa, encerrados por unos escalones.

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