Salario mínimo interprofesional y derecho a complementos.

La empresa efectúa correctamente las subidas al SMI hasta las dos últimas de septiembre 2021, enero 2022, en estas no me aplica incremento alguno, la contestación que me da es que queda absorbido el plus de antigüedad y con eso me supera el SMI. Actualmente, percibo 3 trienios, no tengo otros complementos,
Tengo dos cláusulas en el contrato de trabajo que dicen:
1º Percibirá una retribución de X€ anuales por todos los conceptos. Año 2015
Entiendo por esto, que puede ser absorbible.
2º En lo no previsto se estará a la legislación vigente y particularmente al Estatuto de los Trabajadores y al convenio de empresa. (La empresa sí que tiene convenio)

Percibo el 1º trienio en el 2015, el 2º en el 2018, el 3º en el 2021 y en septiembre 2021 me lo absorben.
Entiendo que no es absorbible, y particularmente el complemento lo tengo como un derecho consolidado, ¿Estoy en lo cierto?

Añade tu respuesta

Haz clic para o