Representación de persona por parte de sociedad limitada o por parte de su representante

Una sociedad limitada figura como empleadora de una persona, y se presentó un recurso por un tema laboral. La administración ha pedido que la mercantil debe presentar un mandato especial de representación para ese caso (que no se presentó) por el trabajador interesado en el recurso.

La duda es si el mandato debe otorgarse por el interesado (el trabajador) en favor de la mercantil sin más, o en favor del administrador que la representa para que la mercantil tenga así la representación.

Me surje la duda. ¿Puede una socidad mercantil ser representante sin más de una persona física o debe indicarse quién es el representante de la mercantil?

¿Quién sería en este caso el representante por el mandato: la mercantil por si misma o el administrador que representa a la mercantil?

¿Cuál debiera ser la forma del mandato:

XXX otorga mandato de representación en favor de la mercantil YYY SL para la interposición del recurso...

o

XXX otorga mandato de representación en favor Don Z, en su calidad de administrador-representante de la mercantil YYY SL, para que esta actue en mi representación en la interposición del recurso...

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