Impago de Plusvalía. ¿Posible inembargabilidad?
Voy a vender un piso y comprar otro más pequeño (distintos municipios) para adecuar mi economía a mi situación actual de desempleo. Me he quedado en el paro con 61 años y veo que mis opciones de reintegrarme de nuevo en el tejido laboral van a ser prácticamente nulas. He podido acogerme al subsidio para mayores de 52 años y garantizar así un pequeño ingreso para estos 4 años que me faltan hasta la jubilación.
Tengo entendido que este subsidio es inembargable, habida cuenta de la propia ‘filosofía’ de la ayuda y del reducido importe que se ingresa (480€/mes).
Pregunto sin ambages, ¿Qué ocurre si no pago la plusvalía? ¿Recomendarían presentar el impuesto y dejar pasar los plazos, o directamente ni siquiera presentarlo? ¿Podría repercutirle al comprador este hecho de alguna manera?
En último extremo, ¿podrían embargarme con el tiempo otro tipo de bienes -coche, saldo en cuenta, o incluso el propio piso que compro-? ¿Recomendarían escriturar el nuevo piso a nombre de mi hijo, o sería peor el remedio que la enfermedad por la repercusión del impuesto de renta del año siguiente?