Que diferencia hay entre vacaciones y jornada anual, en el convenio de artes gráficas?
Estoy en el Convenio de Artes Gráficas. En la página 84 habla de jornada anual, 1768 horas y en la página 89 de vacaciones, mínimo 22 días laborales.
Mi jefe en su calendario ha asignado los 22 días repartidos en todo el año. Pero haces el cálculo de horas de trabajo y faltarían 9 días por asignar...
No se si en el convenio se refiere a que las vacaciones tienen que ser de junio a septiembre preferentemente y 22 días seguidos... Y lo otro contaría como horas extrahirdinarias... PERO en tal caso no lo expresa así con lo que es contradictorio y da para que el jefe se acoja a los 22 días como la normativa legal para dar...
¿En algún lado del convenio pone que todo lo que exceda de la jornada anual deberá compensarse?