Alquiler de pisos para asociaciones culturales
Si alquilo un piso para una asociación cultural, tengo que hacer el contrato como "Uso distinto de vivienda habitual? O tal vez no, pudiendo ser por temporadas por ejemplo.
La pregunta surge porque hay posibilidad de destinarla a vivienda"temporal" por esa asociación cultural. En teoría, pienso que así debería ser, puesto que una asociación cultural o sociocultural no es una persona *física" es jurídica, y otra cosa distinta es a qué dedique su "actividad... Peeeeeero no lo tengo claro.