¿Me puedo deducir el seguro de la casa?

He oído que se puede incluí el seguro de la casa en la declaración de la renta, ¿en qué casos se puede hacer? Ana

3 respuestas

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En el caso de que esté declarando alquileres de ese inmueble.

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Su vivienda habitual no paga impuestos, ni se imputa renta ni se deduce nada.

Si tiene una segunda vivienda alquilada, si es posible deducir el seguro.

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También es deducible el seguro de incendios del hogar, siempre y cuando esté vinculado directamente a la hipoteca e intervenga a la hora de calcular la cuota del préstamo hipotecario. Hay que tener en cuenta, por supuesto, la normativa sobre deducidad por adquisición de vivienda habitual. Te paso explicación de la AEAT

  • Son deducibles como adquisición de vivienda las cantidades abonadas anualmente como primas de seguros que habitualmente exigen los bancos cuando conceden hipotecas?

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  • Sí. Cuando exista derecho a aplicar la deducción por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual, esta se practicará sobre las cantidades satisfechas en el año para la adquisición o rehabilitación, incluídos los gastos originados que hayan corrido a cargo del adquirente y, en caso de financiación ajena, la amortización, los intereses y demás gastos derivados de dicha financiación, entre los cuales se encuentran las primas de los contratos de seguro de vida y de incendios que se acostumbra a incluir en las condiciones de los préstamos hipotecarios

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