¿ Tengo que declarar el dinero recibido por una reclamación de plusvalía cuando han pasado 5 años desde su autoliquidación?

En Noviembre de 2016 vendí un piso y en Enero 2017 pagué la autoliquidación de Plusvaliá al Ayuntamiento ( a pesar de tener perdidas en la venta ). En el año 2019 lo reclamé vía judicial, después que hubiera distintas sentencias. En el año 2022 el expediente finalizó y se me abonó una cantidad de dinero. ¿Esa cantidad de dinero tengo que declararla en la próxima declaración de la renta o tengo que presentar una declaración complementaria?

2 Respuestas

Respuesta
1

Si la cantidad apercibida, ha sido en 2022, tienes que declarar en el IRPF de 2022, osea en la próxima declaración

Respuesta
1

Cuidado con la contestación de la compañera, en la renta del 2016 realizada en 2017 (la cual estaría prescrita has inbcluido ese gasto con lo cual salvo que se haya hecho una complementaria posterior podría estar prescrita, después habría que mirar que te han devuelto exactamente si es lo que pagaste más lo sintereses de demora esos intereses de demora estarían exentos posiblemente ...

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