Aire acondicionada en la fachada

Vivo en un piso de 30 m que no tiene balcón (en una población de Barcelona) En la misma finca hay pisos más grandes con balcón. Tengo puesto un aire acondicionado en la ventana. Y otros vecinos los tienen en el balcón. Ahora la abogada de la comunidad me solicita que quite el aire acondicionado. ( Sino iremos a juicio). Solicitan que para los pisos tan pequeños ponerlo en el terrado (cosa que no he encontrado un instalador que quiera hacerlo ). ¿Es normal que yo no pueda ponerlo y que los pisos con balcón si puedan tenerlo puesto?

¿Qué puedo hacer?

¿No hay una ley que sea igual para todos los vecinos tengan o no balcón?

¿Estaría bien que cogiera firmas con los estudios para poder poner el aire acondicionado los estudios sin balcón?

Respuesta
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Muy a pesar si hay una ley que dice que en fachada no se pueden colocar aires acondicionados.

Si tienes un balcón creo que se puede colocar mientras este dentro de tu limite, es decir creo que incluso si lo pones arriba pegado al techo sobrepasando la barandilla no se puede porque se ven desde el exterior. Tiene que estar metido de la barandilla hacia abajo ( creo recordar que era algo así)

No obstante si no tienes balcón no puedes colocarlo porque corres el riesgo que te lo hagan retirar y reparar el daño causado con los tacos y la entrada del tubo a casa.

Si no hay balcón la única manera de poner aire legalmente es en la azotea o terrado.

Incrementa el coste de instalación incluso de la maquina ya que no todos los aires permiten tener tantos metros de instalación.

Además de añadir gas

Instaladores hay, pero seguramente tienes que ir a buscar una empresa porque el típico manitas no se si se atreverá a hacer esta instalación.

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A lo mejor le sirve esta lectura, no es un tema de fácil solución https://www.pedrohernandezabogado.com/2016/10/propiedad-horizontal-aire-acondicionado.html

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