Alquiler piso

Saludos,
voy a hacer un contrato de alquiler de vivienda con una duración de 3 meses. Tengo tres dudas:
1. Trascurridos los tres meses, en base al art. 9 de la LAU se prorrogaría automáticamente por períodos anuales, o podemos decidir pactar que se renueve por otros períodos, por ejemplo, trimestral?
2 en el supuesto de que se prorrogue por períodos anuales, cómo podría a los, supongamos, 10 meses desde el otorgamiento del contrato rescindirlo sin tener que pagar indemnización al propietario?
2. La vivienda que alquile será donde viva durante los próximos 3 meses, la continuidad dependerá de la estabilidad laboral. Por ser contrato de 3 meses, tendré algún problema al deducir el alquiler en el IRPF?
Muchas gracias por su ayuda.

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Si vais a hacer un contrato de alquiler de vivienda habitual por 3 meses deberéis dejar claramente reflejado en el mismo las circunstancias por las que se firma, que en este caso deben ser que has sido contratada por la empresa por por un periodo de 3 meses. Esa clausula, le interesa unicamente al propietario, en caso de que quisiera disponer de la vivienda al finalizar los tres meses.
En caso de que no pongáis los motivos de que el contrato sea de 3 meses, el contrato se convierte automáticamente en anual según la ley española.
Si es a ti a quien te interesa poder abandonar la vivienda si transcurridos 3 meses no te renuevan el contrato de trabajo, es tan sencillo como poner en el contrato ( de 1 año ) de alquiler que no existirá penalización alguna a favor de la propiedad en caso de desistimiento del contrato por parte de la arrendataria que eres tu.
Por tanto, te recomiendo que el contrato sea anual
tu pregunta nº 1) No procede.
Tu pregunta nº 2) se agrega una clausula al contrato mediante la cual el propietario renuncia a indemnización alguna en caso de desistimiento del contrato.
Tu pregunta nº 3) Al constituirse en vivienda habitual, te deducirás en renta proporcionalmente al tiempo en que loa habites, sin ningún problema.
Me tienes a tu disposición para lo que precises.
Recuerda cerrar la pregunta.
Muchísimas gracias por todo, me has sido de gran ayuda. Al final hemos acordado hacer un contrato de 3 meses con posibilidad de desistimiento de cualquiera de las partes con 30 días de preaviso. Entiendo que con esto ambas partes estamos cubiertas y cumplimos la ley mediante el libre pacto... Que me he quedado un poco "descolocada" con la LAU, que mucho libre pacto de las partes, pero luego...
Saludos!!

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