Comercial a turismo

¿Quiero comprar un citroen c2 comercial(segundamano) y pasarlo a turismo. Es complicado? ¿Lo homologan la ITV? ¿Sale caro?
Aclarame un poco el tema.
Respuesta
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Depende.
El cambio de clasificación en la tarjeta ITV (de la actual 3100-Mixto Adaptable a 1000-Turismo) está tipificado como reforma "46", es decir como un "cambio de datos en tarjeta"; no obstante, antes de 2004 se admitía la clasificación como mixto tanto de vehículos homologados para el transporte de personas (turismos) como de vehículos homologados para el transporte de cosas (furgones y furgonetas); por tanto se pueden dar dos circunstancias:
Si el vehículo fue homologado (por Citroën) como turismo tan sólo deberá tramitarse la reforma citada y en ITV te podrán exigir (igual ni siquiera es necesario, pregunta en una ITV primero o en varias por si acaso) un "informe favorable del fabricante del vehículo" donde conste que tu vehículo con número de bastidor blablabla es apto para el cambio de clasificación y está homologado como turismo con la contraseña blablabla. El informe en cuestión se obtiene a través de algún concesionario oficial y su coste es variable (entre 50 y 100 euros, aunque hay algún fabricante que en concreto éste tipo de informe no lo cobra).
Si el vehículo NO fue homologado como turismo, si no solamente como furgoneta, el cambio de clasificación implicaría un cambio de categoría (categoría de homologación) y además de la anterior deberían tramitarse la reformas 44 y 18. Ello significa que el informe anterior no basta y debe aportarse un certificado de cumplimiento del Real Decreto 2028/1985 (todos y cada uno de los reglamentos técnicos exigibles para los turismos). Si éste fuera el caso es improbable que se pueda hacer el cambio de clasificación porque numerosos reglamentos casi con toda seguridad no se cumplirán.
Además:
- Se debe abonar la tarifa por reforma que las ITV apliquen (las aprobadas por su comunidad autónoma): una reforma en el primer caso y tres en el segundo (si es que se pueden acumular).
- Al hacerse el cambio de clasificación, la primera ITV periódica te la darán con validez de furgoneta (la mitad); las posteriores serán ya con periodicidad de turismo. Al margen de ello, las condiciones de circulación serán las correspondientes al tursimo desde el momento en que dicha clasificación conste en la tarjeta ITV.
- Si el cambio de clasificación a turismo se hace antes de transurridos cuatro años desde la matriculación en España Hacienda exige el pago del impuesto de matriculación (del que eximió en su día), lo que no sé es si se lo cobra al primer titular o al que haga el cambio aunque sea uno posterior.
Así que o puede ser muy sencillo o muy complicado (no hay término medio). Si compras en concesionario, no lo dudes, que tramiten ellos previamente el cambio de clasificación, una vez anotado en tarjeta por cualquier estación ITV ya podrás comprar el turismo con toda tranquilidad (ningún papel antes del cambio y hacer constar que se adquiere un turismo).
Sin ver la tarjeta ITV del vehículo no puedo decirte mucho más...

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