¿Es escalera común?
Tengo una vivienda compuesta por planta principal + terraza de uso exclusivo compuesta por la cubierta que la cubre. El acceso a la terraza se hace a través de una prolongación de 2 metros de la escalera comunitaria a partir de mi portal, y que sólo utilizo yo ya que nadie más tiene que acceder a ningún lado con dicha escalera.
Las escrituras no dicen nada de este tramo de escalera, aunque sí dicen que comparto escalera con la otra vivienda del primer piso (sólo tengo un vecino) para el acceso a la vivienda.
¿Se podría considerar el tramo de escalera que sube a mi terraza como de uso exclusivo mío? Se podría considerar como no comunitario?