Derivación individual

Hola. Me han dicho que la derivación individual (el cable que va desde el contador hasta el cuadro de mandos de la vivienda) pertenece a la instalación eléctrica privada de esa vivienda. Necesito saber en qué ley o normativa se especifica así, y si es posible el apartado de esa normativa. Gracias. Un saludo.
Respuesta
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En este enlace puede leer lo que dice el reglamento electrotécnico de baja tensión, es el artículo Nº15.
http://www.mtas.es/insht/legislation/Rd/REBT.htm#rebt
La derivación individual de un abonado parte de la línea general de alimentación y comprende los aparatos de medida, mando y protección.
La instruccion tecnica complementaria ITC-15, dice justo antes del punto 2:
Cada derivación individual será totalmente independiente de las derivaciones correspondientes a otros usuarios.

http://www.mtas.es/insht/legislation/Rd/itc_bt_15.htm
La compañía llega hasta el fisible, el fusible no es propiedad de la compañía.

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