Reducir potencia eléctrica contratada de 6,6 a 4,4 kw

1) Para reducir la potencia eléctrica contratada de 6.6 a 4,4 kw, ¿lo tiene que hacer el consumidor, lo hace la comercializadora o lo hace la suministradora?.

2) ¿Cuánto puede costar?

3 Si la vivienda es antigua (40 años); ¿Requiere algún permiso adicional (boletín industria o similar) o gestión adicional, para poder hacer el cambio?

Respuesta
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Lo primero que debe de tener muy claro es si realmente no va a necesitar esa potencia que va a bajar y que va a poder seguir utilizando todos los elementos que utiliza normalmente sin que le salte el I.C.P. (interruptor de control de potencia).

Para bajar potencia tiene que llamar a la compañía que le cobra los recibos de electricidad y pedirles la bajada de potencia.

Normalmente no tiene coste alguno, pero algunas compañías cobran por precintar la caja de I.C.P. Tenga también en cuenta que ahora están instalando contadores electrónicos con el I.C.P. integrado en dicho dispositivo.

Si fuera a pedir un aumento de potencia seguro que si que le pedirían boletín, pero para bajar potencia no ya que si la acometida eléctrica que suministra electricidad a su vivienda actualmente aguanta 6,6 Kw. No va a tener el menor problema en soportar una potencia máxima menor de 4,4 Kw.

Tiene que tener en cuenta que si a posteriori quiere subir potencia si la instalación es de hace 40 años es seguro que va a necesitar un boletín eléctrico de industria con todo lo que conlleva para adecuar la instalación al reglamento actual.

Muchísimas gracias.

Una aclaración: ¿hay alguna normativa, real decreto o similar donde se indique en que casos es obligatorio presentar un boletín de industria para el cambio de potencia? ¿como la puedo localizar?
Un abrazo

Cuando lo requiera la distribuidora que es quién tiene el registro de todos los certificados de instalaciones conectados a su red. Entre otros casos, cuando la potencia solicitada supere la admitida o la instalación supere los 20 años de antigüedad, la empresa distribuidora puede exigir la adaptación a la normativa actual mediante la presentación de un nuevo Certificado de Industria.

En el reglamento electrotécnico de baja tensión ITC-BT-04.

Muchísimas gracias por tu información. Me ha sido de enorme utilidad. Aunque a día de hoy me sobra con 4,4 kw, como tu indicas, si en el futuro necesitara más potencia requeriría de boletín de industria con lo cual se incrementaría tanto el coste como la gestión, con lo cual no creo que la reduzca.

Un abrazo

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