La red eléctrica interna es de tu propiedad. Puedes hacer lo que quieras siempre que no afecte a la red de distribución eléctrica general.
En el caso del autoconsumo, se tiene que declarar porque conectamos un generador eléctrico a la red de distribución general a través de nuestra propia red.
No está permitido en España la conexión de baterías en paralelo con el contador de electricidad.
En teoría, en ambos casos es por la misma razón. Si un técnico desconecta la red general para hacer reparaciones, no puede haber ninguna fuente de electricidad capaz de meter corriente a la red y causar problemas al técnico trabajando.
Suena ridículo porque hoy en día los equipos monitorizan la red y en caso de ausencia se desconectan, pero bueno...
Si instalas un sistema totalmente separado de la red, se considera un sistema aislado, por lo tanto puedes ponerlo sin problemas. Además nadie tiene permiso para entrar en tu casa sin tu consentimiento, pero es totalmente legal.
Para ello, como bien dices, debes instalar un cableado diferente al de 220V que ya tienes en casa. Recuerda que las secciones de los cables de continua tienen que ser mayores que los de alterna porque hay más pérdidas. Con iluminación puedes contar 6mm de diámetro más o menos (dependiendo de las distancias).
Aquí un ejemplo de un kit básico de iluminación a 12V: http://www.monsolar.com/kit-solar-basico-iluminacion.html
Suerte y saludos.
Jorge