Expropiación

Tenemos una casa antigua que consta de planta baja en la que hay un comercio y una zona para guardar un vehículo y una primera planta que es una vivienda. Esta casa es de dos hermanos, uno es propietario del bajo y el otro de la vivienda. Ahora el Ayunamiento quiere expropiar la casa para hacer la calle más ancha. Me gustaría que me informarais si nos debe de indemnizar y como, y en cualquier caso si lo debe de hacer por separado o en conjunto.
Respuesta
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En primer lugar debo decirle que lo que a continuación escribo es, por normal general, lo que acontece en este tipo de casos. Puede preguntar también en un ayuntamiento que no sea el suyo y, a poder ser, de la oposición.
Si se trata de una recalificación de terrenos (el suelo era rústico y ahora es urbano), el ayuntamiento suele expropiar un 50%. ¿El otro 50% sigue perteneciendo al/ a los propietarios de ese terreno y el beneficio que se obtiene es que una finca que valía 2? ¿Ahora vale 10? Ya que se podría construir.
Si la vivienda es legal y está en suelo rústico, deben indemnizar a cada uno por separado si se trata de 2 referencias catastrales distintas.
Por la construcción se indemniza, pero el tema del suelo es como dije anteriormente, te dejan un 50% en zona urbana. ¿Puede estar ubicado en la misma parcela o no. La cuestión es que si tenías 1000 metros que valía 30.000?, ¿Ahora tendrás 500 metros que valdrán 150.000? (Es un ejemplo).
Si la casa es legal y está en suelo urbano, lo que pueden es hacer una oferta de compra, pero no te pueden quitar la vivienda, ni indemizando ni sin indemnizar.
Perdona que me extienda tanto pero ante la falta de datos concretos sólo puedo escribir generalizando.
Espero que cuando acabe esta operación, puedas informarme a [email protected].
Muchas gracias por tu respuesta. No dudes que te informaré de como queda el tema, pero me temo que no será tan fácil como parece. Gracias.

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