Placa solar en vivienda nueva

Voy a construirme una vivienda en un pueblo de la provincia de Zamora.
Me gustaría que alguien me confirmara si es obligatorio poner placa solar para el agua caliente sanitaria por tratarse de vivienda de nueva construcción. Aunque algunas personas me han dicho que sí es obligatorio, estoy viendo en recientes construcciones en la misma provincia que no las instalan.
En el plan general de ordenación urbana del pueblo no se menciona la obligatoriedad de instalar las placas solares.

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Según el Código Técnico de Edificación, que es nacional, es obligatorio la instalación de placas solares para un cierto porcentaje del agua caliente sanitaria en vivienda. Estas placas se pueden evitar supliendo ese mismo porcentaje de agua caliente con otros métodos ecológicos como por ejemplo las calderas de biomasa, energía geotérmica, etc. Dicha justificación debe estar redactada en el proyecto técnico y respaldada adecuadamente con los cálculos correspondientes.
Las placas solares no sólo pueden ir en cubierta sino que pueden estar en un anexo de la parcela o en otro lugar alejado del inmueble para no interferir en la estética del edificio. También se pueden colocar planas para que su presencia no sea tan evidente y evitar el impacto visual aunque su rendimiento no sea el óptimo.
/www.08023.es   [email protected]/

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