Garaje sin puertas. ¿Es legal?

Estamos a punto de escriturar una promoción de VPO de 92 viviendas. Al hacer la visita de cortesía a la urbanización, nos hemos quedado alucinados. La entrada a la urbanización se produce por un acceso en la acera. Ese aceso tienes 2 puertas una al lado de la otra. Una puerta es peatonal y lña otra es para entrar los vehículos. Una vez que se accede a la urbanización, aproximadamente a 20 metros de esta entrada, esta la rampa del garaje. Esta entrada al garaje no dispone de ningún tipo de puerta de acceso con lo cual se puede meter cualquier niño con el peligro que esto conlleva. Y esto no lo he visto nunca pero la promotora insiste que ellos han ejecutado lo que venia en proyecto y que todo esta correcto.
Yo creo que esto debe de incumplir alguna medida de seguridad ya que como te coment, cualquier persona que haya accedido a la urbanización, tiene libre acceso al parking, niños incluidos. Ademas si se produce un incendio, al no haber puerta, el fuego puede salir al exterior fácilmente y ademas nutrirse de más oxigeno.
Otro inconveniente es que no existe separación física entre la entrada de peatones y la de coches.
El garaje tiene 2 plantas e incluye 180 plazas de garaje y 90 trasteros. ¿Cumple la normativa? ¿Es legal? ¿Podemos hacer algo? ¿Es conveniente negarnos a escriturar por este motivo?

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Las puertas de acceso a los garajes no son resistentes al fuego por lo general. En caso de producirse un incendio se comportan como la mantequilla frente a un soplete. El que exista puerta de acceso a los vehículos no implica mayor protección frente a incendios.
Por otro lado es bueno que un garaje se encuentre bien ventilado. Si no hay puertas, se mejora la ventilación. Es mejor que haya oxígeno, cuanto más oxígeno menos probabilidad existe de morir asfixiados (a priori), en caso de incendio. El hecho de que no hayan puertas implica conseguir un recorrido adicional de evacuación y por tanto mejora la seguridad en caso de incendio. Al escapar de un incendio, si se sube por la rampa, tienes una salida asegurada y ningún elemento que bloquee la salida porque no hay puerta.
Se debe asegurar una estabilidad frente al fuego entre garaje y viviendas no menor de 120minutos. Si el proyecto cumple y justifica que la sectorización efectuada es correcta, no hay nada que objetar por el hecho de que al garaje no exista puerta de acceso.
Si no fuera correcta la sectorización, en ningún caso el ayuntamiento habría concedido licencia de obras. El tema de incendios se mira generalmente con lupa y la normativa española es muy rigurosa.
Aunque a simple vista sea algo que aparentemente sea inseguro, sucede todo lo contrario. Si es posible ventilar el garaje de forma natural siempre es mucho mejor que de forma mecánica (puede fallar en caso de incendio), si falta oxígeno tenemos más papeletas para morir.

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