¿Puedo edificar en esta parcela?

Estoy interesado en comprar una parcela en Cantabria. Consultando el catastro la información sobre dicha parcela, indica que es urbana y el uso es: suelo sin edificar, obras de urbanización y jardinería.
Quisiera saber si es posible edificar en una parcela con esas características, llevo más de un mes esperando que me llamen de urbanismo para que me aclaren este tema pero deben estar saturados de trabajo o de vacaciones porque nadie sabe responderme.
Para más datos la parcela esta en Castro Urdiales por si conoce la normativa especifica de la zona.

6 Respuestas

Respuesta
1
La referencia que te marca el Catastro no significa nada, simplemente que ya está urbanizada y que sí que puedes edificar, ¿pero el qué?
El "grado" que tengas para poder edificar sobre ella te lo determinará, la cédula urbanística, que es donde se plasma la localización, limites y normativa aplicable de la parcela en cuestión.
Por otro lado, la normativa que necesites para ver el "grado" de la parcela, normalmente se puede recoger directamente en el ayuntamiento o incluso en algunos han accedido a enviármela por email..(he intentado en la página de internet de Castro Urdiales y no he localizado la normativa).. ahí te dirá los parámetros básicos que deberá cumplir la edificación a realizar.. de no existir (esto depende del número de habitantes empadronados) tendrás una normativa supletoria de la comunidad autónoma que te regirá lo mínimo que debes cumplir.
Antes de la compra verifica que edificabilidad tienes y qué puedes o no hacer en esa parcela. El precio de ésta dependerá de lo que puedas construir o no. El valor de ésta también depende de lo que tengas alrededor que te vayan a construir.
Has tenido suerte .. acabo de encontrarlo en la página del Ayuntamiento la Modificación Puntual al PG del 25 de Septiembre de 2006.. lo tengo en PDF pero te lo puedes bajas en www.castro-urdiales.net en el Apartado de AYUNTAMIENTO, en su pestaña, la 2ª opción de "Ordenanzas-normativa-subvenciones", pero para mirar más necesitas la cédula y/o localización para ver a que artículos se somete tu parcela.
Respuesta
1
La condición de parcela urbana indica que se puede construir, pero siempre es mejor que esta información la proporcione el ayuntamiento, la información de catastro puede estar desfasada o tener criterios distintos. Para saber cuánto podrías hacer exactamente, lo mejor es acudir al ayuntamiento, como veo que ya has hecho. Allí te dirán los metros cuadrados que podrás construir, las alturas edificables,... es decir, los parámetros urbanísticos, que son propios de cada zona en cada municipio. De todas formas, viendo el resto de parcelas colindantes te puedes hacer una idea.
No puedo decirte mucho más ya que no tengo acceso al planeamiento del municipio. Lo único que está accesible es una ordenanza de viviendas unifamiliares, pero falta saber a qué grado pertenece la parcela (es información viene en planos y la web no lo proporciona).
Respuesta
1
Siento no poder darte mucha información. Yo soy de barcelona y ejerzo en Cataluña. Y aún así sería imposible para mí conocer si una parcela en esta comunidad es edificable sin recurrir a los servicios técnicos del ayuntamiento.
Lo habitual es que si la parcela es urbana (por el catastro) entonces sí es edificable. Aunque las condiciones las marcar el municipio. Sigue llamando a los servicios técnicos. En estos casos ser un poco pesado es lo que mejor funciona.
O si eres de la zona, pide una cita con un técnico de urbanismo, que es la solución definitiva. Otra opción es presentarse allí y solicitar una copia (fotocopia) de la normativa que afecta a tu solar. Normalmente los ayuntamientos facilitan esa información sin necesidad de que sea necesario solicitar formalmente un certificado urbanístico (que tarda tiempo y tiene un coste).
Si consigues esa información y no la entiendes puedo ayudarte a interpretarla.
Respuesta
1
No tengo la normativa urbanística de la zona y además necesitaría la ubicación exacta de la parcela.
Tal vez encuentres algo en la web del ayuntamiento.
Si no tendrás que esperar a septiembre, porque la mayoría de los ayuntamientos en agosto no trabajan.
Respuesta
1
Por supuesto, puedes ediicar en esa parcela. Te indica en el uso que existe un suelo que todavía no se ha construido, pero que tiene obras de urbanización ya realizadas y de jardinería (supongo que setos o arboles en la calle).
Animo! Y que ese pequeño detalle no te impida soñar con tu futura casa!
Respuesta
1
Si la parcela es urbana tendría que ser edificable, siempre que sea posible por metros cuadrados mínimos y distancias de perímetro, tendrás que esperar setiempre porque en todo caso la ultima palabra siempre la lleva el técnico del ayuntamiento, te aconsejo de hablar directamente con el.
Un cordial saludo Antonio Playarch associated

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas