Fachada del edificio

Necesito un poco de información:

El edificio donde vivimos tiene ahora 5 años y consta de 20 locales comerciales(muchos embargados por el banco) y 18 viviendas en dos bloques (de los cuales solo somos 7 propietarios en total) Estamos divididos en 4 escaleras...

Hace 1 mes una de las vecinas notifico al ayuntamiento que una parte de la fachada se estaba desprendiendo y ahora el ayuntamiento al no tener constituida la comunidad nos envía a todos los propietarios una notificación diciéndonos que eso hay que repararlo o nos sancionarán. Primero decir que no se porque esta vecina no ha hablado con el resto de vecinos primero, pero bueno... No tenemos constituida la comunidad como le decía, quiere decir que no hay seguro ni nada! Me imagino que el seguro de hogar no cubrirá ningún daño y no me he molestado en llamarles, pero si he llamado al constructor para preguntarle por el seguro decenal... De momento me ha dicho que lo mirará pero cree que ese daño no entra en este tipo de seguros... Yo quisiera saber de quien sería responsabilidad reparar ese daño (es un añadido que hay una vez termina el forjado, donde se apoya las barandillas de las terrazas, que es lo que se esta desprendiendo) Y donde puedo mirar como formar la comunidad porque en la escritura no me explica muy bien los estatutos y no se si los locales son independientes o también entrarían a la hora de reparar algún desperfecto del edificio.

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Los daños los debería reparar el seguro de la comunidad. La responsabilidad civil si causan daños a terceros puede acarrear penas hasta de cárcel.

Lo primero es suscribir el seguro. Luego dar parte al mismo para que se haga cargo de las reparaciones o reclame al constructor el importe de las mismas.

En cuanto a la constiución de una comunidad de propietarios, lo mejor es que se ponga en contacto con una gestoría donde se encargarán de todo.t

si he estado hablando con un asesor sobre la constitución de la comunidad porque la verdad que no esta muy claro en la escritura. Y sobre el desperfecto de la fachada he ido a una aseguradora y me comentan que el seguro cubre a terceros (si cae algo en la via publica lo cubre) pero si la fachada tiene algún desperfecto de construcción no entraría, Cubre daños a consecuencia de.... o fenómenos atmosféricos/agua robo y expoliación. No es ninguno de estos casos!! Quien debería hacerse cargo? Y si no existe comunidad de vecinos, pueden sancionarnos? No deberían sancionar al constructor o promotora en este caso? Gracias y con esto finalizo mis preguntas.

Póngase en contacto con un arquitecto que le haga un informe pericial sobre los desperfectos que presenta la fachada y con ese informe en la mano vaya a un abogado que inicie los trámites para demandar al constructor si no se aviene a arreglar los problemas que presenta el edificio.

Es la solución habitual en estos casos, si bien al no haber constiuido la comunidad de propietarios el tema legal se me escapa un poco de mis conocimientos.

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