Por partes:
- La posibilidad de hacer un establecimiento de turismo rural estará condicionada a que la calificación del tipo de suelo y su nivel de protección lo permita (lo más normal es que no haya problemas al respecto)
- Que ese establecimiento pueda estar formado por cabañas de 25m² dependerá de los materiales de las mismas, cantidad de cabañas, la normativa autonómica de suelo y la normativa sobre establecimientos de turismo rural (salvo algún problema de superficies o de materiales, no debería haber demasiada complicación al respecto)
- Sí necesitará un arquitecto (y ademas licencia, aparejador y coordinador de seguridad y salud en la obra). Los honorarios están liberalizados y cada arquitecto podrá cobrar lo que estime oportuno, pero en principio los honorarios no deberían ser exagerados.
- La licencia la deberá solicitar en su ayuntamiento pero es posible que deba ser informada por un par de organismos de la administración autonómica (depende de la normativa de cada Comunidad Autónoma), el coste será de entre un 2 y un 4% (depende del ayuntamiento) del PEM de proyecto o por módulos del propio ayuntamiento.