Fras. De ejercicios anteriores

Hola, la duda que tengo es si las fras. ¿De ejercicios anteriores son deducibles?
Tengo entendido que hay que contabilizarlo en la la cuenta 679 y que luego en el impuesto de sociedades hay que tenerlo en cuenta para realizar unos ajustes y no deducirse ese gastos. ¿Es esto correcto? Gracias.

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Tienes razón en todo pero si las facturas son de un umporte reazonable, deberías hacer un nuevo impuesto del año al que pertenezca la factura y calcularlo de nuevo, pidiendo la devolución de lo indebidamente ingresado, es lo correcto.

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